Respuesta rápida: ¿Qué documentos debe proporcionar un fabricante de productos para el cuidado de la piel?
Un fabricante de productos para el cuidado de la piel debe proporcionar documentación suficiente para que la marca pueda identificar la fórmula aprobada, verificar la calidad del producto, cumplir sus obligaciones de seguridad y regulatorias, respaldar las reivindicaciones, controlar el envase y rastrear cada lote de producción. El paquete exacto depende del producto, el mercado de destino, la vía de desarrollo y de quién desempeñe legalmente la función de Persona Responsable.[1][2][3]
- Documentos de fórmula: lista INCI final, código/versión de la fórmula, especificación del producto y composición cuantitativa cuando sea legítimamente necesaria para trabajos de seguridad o regulatorios.
- Documentos de fabricación y calidad: evidencia de GMP, especificaciones aprobadas, registros de QC/liberación y documentación de lote adecuada.
- Informes de pruebas: estabilidad, microbiología, eficacia del conservante, compatibilidad del envase, seguridad u otras pruebas específicas del producto.
- Documentos de envase: especificaciones de componentes, información sobre materiales, resultados de compatibilidad y artes finales o archivos técnicos aprobados, cuando corresponda.
- Evidencia de reivindicaciones: informes que respalden reivindicaciones de rendimiento, consumidores, clínicas, instrumentales u otras reivindicaciones medibles.
- Soporte regulatorio: información necesaria para el PIF/CPSR de la UE, requisitos de MoCRA en EE. UU., notificación canadiense u otras presentaciones en los mercados de destino.
- Registros específicos del lote: identificación del lote y, cuando se haya acordado, Certificado de Análisis (CoA) o documentación equivalente de liberación del producto terminado.
- Documentos comerciales y de propiedad intelectual: contrato de fabricación, responsabilidades de calidad, términos de propiedad o licencia de la fórmula, reglas de control de cambios y disposiciones de confidencialidad.
No juzgues a un fabricante por la cantidad de certificados que envía. La cuestión importante es si los documentos son auténticos, están vigentes, son específicos del producto cuando sea necesario y resultan suficientes para tus responsabilidades reales de mercado y regulatorias.

Un presupuesto y una lista de ingredientes no constituyen una entrega documental completa del fabricante. Cuando un producto para el cuidado de la piel avanza hacia la producción comercial, la marca puede necesitar información de los equipos de formulación, control de calidad, pruebas, envases, regulación y producción, a menudo meses o años después de que se aprobara la primera muestra.
Lo difícil es saber qué pedir. Solicitar todos los archivos que posee la fábrica genera un volumen innecesario de documentación y puede entrar en conflicto con la confidencialidad legítima del proveedor. Pedir demasiado poco puede impedir que la marca complete una evaluación de seguridad, investigue un lote fallido, respalde una reivindicación o transfiera la producción más adelante.
Un enfoque mejor es separar los documentos en tres grupos: documentos que la marca debe recibir, documentos que el fabricante debe poder proporcionar o respaldar cuando se requieran y registros internos que pueden permanecer bajo control del fabricante salvo que el contrato o la función regulatoria exijan su divulgación.
Empieza separando los documentos del fabricante en tres niveles
| Nivel del documento | Qué significa | Ejemplos |
|---|---|---|
| Documentos de entrega a la marca | Archivos que la marca normalmente necesita para aprobar, comercializar, rastrear o gestionar el producto terminado | INCI final, especificación del producto aprobada, informes de pruebas pertinentes, especificación del envase, identificación del lote, evidencia de reivindicaciones |
| Documentos de soporte regulatorio o de seguridad | Información que puede ser necesario proporcionar a la marca, Persona Responsable, evaluador de seguridad, autoridad reguladora o consultor autorizado cuando se requiera | Fórmula cuantitativa, información de seguridad de materias primas, información sobre el método de fabricación, datos toxicológicos, certificados de respaldo |
| Registros controlados por el fabricante | Registros internos de calidad y producción que deben existir y estar controlados, pero que no se transfieren automáticamente en su totalidad a cada cliente | Registros detallados de fabricación de lotes, archivos de cualificación de proveedores, SOP internos, expedientes completos de proveedores de materias primas, investigaciones de desviaciones |
Esta distinción evita dos errores opuestos: aceptar una afirmación vaga de que “todo cumple” o exigir todos los registros confidenciales de la fábrica sin establecer primero por qué son necesarios.
1. Documentos de fórmula final e identidad del producto
El primer requisito es poder identificar exactamente qué producto fue aprobado. Una fórmula comercial no debería existir solo como “la tercera muestra que nos gustó”.
La documentación del producto normalmente debe establecer:
- nombre del producto o código de trabajo;
- número de fórmula y revisión/versión;
- declaración final de ingredientes con nomenclatura INCI adecuada;
- tipo de producto y uso previsto;
- especificaciones físicas aprobadas como aspecto, color, olor, pH, viscosidad u otros parámetros relevantes;
- configuración de envase aprobada;
- fecha de entrada en vigor o estado de aprobación de la fórmula.
La fórmula cuantitativa es más sensible. Que la marca reciba o no los porcentajes completos depende de la propiedad de la fórmula, los términos de confidencialidad, las responsabilidades regulatorias y la información exigida por el mercado de destino o el evaluador de seguridad.
Por ejemplo, una Persona Responsable en la UE debe mantener un Expediente de Información sobre el Producto (PIF) que contenga un Informe sobre la Seguridad del Producto Cosmético (CPSR) y otra información obligatoria, por lo que la evaluación de seguridad debe tener acceso a datos suficientemente detallados de la fórmula y las materias primas, aunque el fabricante no distribuya ampliamente la fórmula cuantitativa dentro de la organización de la marca.[1]
Canadá ofrece otro ejemplo de por qué una simple lista INCI orientada al consumidor puede no ser suficiente para el trabajo regulatorio: su Notificación de Cosméticos exige las concentraciones de los ingredientes o los rangos de concentración prescritos, junto con información del producto y de fabricación.[7]
2. Documentos de GMP y cualificación del fabricante
Antes de confiar en informes específicos del producto, establece que la propia fábrica opera bajo un sistema de calidad adecuado.
ISO 22716 proporciona directrices GMP para cosméticos reconocidas internacionalmente que cubren producción, control, almacenamiento y envío.[2] En los cosméticos de la UE, la fabricación debe cumplir las buenas prácticas de fabricación, y se presume el cumplimiento cuando la fabricación sigue las normas armonizadas pertinentes.[1]
La evidencia útil para la cualificación del proveedor puede incluir:
- certificación GMP o ISO 22716 vigente cuando el fabricante utilice certificación de terceros;
- alcance del certificado y dirección del centro de fabricación;
- organismo de certificación emisor;
- número del certificado y periodo de validez;
- otros certificados del sistema de calidad pertinentes para la fábrica o el proyecto;
- informes de auditoría de fábrica o evidencia de acciones correctivas cuando se haya acordado durante la cualificación del proveedor.
Verifica el certificado en lugar de aceptar un logotipo en una presentación comercial. ISO desarrolla normas, pero no certifica empresas ni emite por sí misma certificados ISO; la certificación la realizan organismos de certificación externos.[8]
Si la cualificación del proveedor aún está en una fase inicial, la guía Preguntas que debes hacer a un fabricante de productos para el cuidado de la piel antes de empezar cubre las cuestiones comerciales y operativas que deben acompañar la revisión documental.
3. Especificaciones del producto terminado y registros de liberación de lotes
Una fórmula indica qué debe fabricarse. Una especificación de producto terminado indica cómo decide el fabricante si un lote real es aceptable.
Según el producto, la especificación puede establecer límites o criterios de aceptación para:
- aspecto;
- color y olor;
- el pH;
- viscosidad u otras propiedades reológicas;
- peso o volumen de llenado;
- límites microbiológicos;
- controles de envase y etiquetado;
- otros parámetros específicos del producto.
Para lotes comerciales, las marcas también deben acordar de antemano qué documentación de liberación de lote recibirán. Un Certificado de Análisis (CoA) o documento de liberación equivalente puede resumir resultados de pruebas seleccionados frente a las especificaciones aprobadas, pero no existe un único formato universal de CoA para cosméticos que demuestre automáticamente todos los aspectos del cumplimiento del producto.
La documentación del lote debe ser trazable hasta los productos realmente suministrados. Confirma que el código del producto, número de lote, identidad de fabricación, resultados de pruebas pertinentes, referencias de especificación y estado de liberación puedan relacionarse sin ambigüedad.
4. Informes de pruebas del producto
Una afirmación como “todas las pruebas fueron superadas” es menos útil que saber qué se probó, qué versión de la fórmula se probó, qué envase se utilizó, qué método se siguió y qué mostró realmente el resultado.
El paquete de pruebas necesario depende del tipo de fórmula, uso previsto, envase, mercado de destino y reivindicaciones. Puede incluir:
| Documento | Qué debe confirmar la marca |
|---|---|
| Informe de pruebas de estabilidad | Versión de la fórmula, envase, condiciones de almacenamiento, puntos temporales, parámetros evaluados, criterios de aceptación, observaciones y conclusión |
| Pruebas microbiológicas | Producto probado, método, límites, resultados, identidad del laboratorio y fecha de la prueba |
| Prueba de eficacia del conservante o prueba de desafío microbiológico | Fórmula final pertinente, método de prueba, desafío con microorganismos, criterios de aceptación y resultado cuando este tipo de prueba sea apropiado |
| Informe de compatibilidad del envase | Combinación exacta de fórmula/envase, condiciones de almacenamiento, fugas o cambios de material, rendimiento de dispensación y observaciones de la fórmula |
| Pruebas de tolerancia o relacionadas con la seguridad | Reivindicación concreta o cuestión de seguridad abordada, población del estudio o método, fórmula probada, resultado y limitaciones |
| Pruebas de eficacia o de reivindicaciones | Criterio de valoración exacto, diseño del estudio, duración, participantes, producto probado, interpretación de los datos y redacción que el resultado puede respaldar razonablemente |
Las pruebas deben seguir vinculadas a la fórmula comercial aprobada. Si el fabricante modifica sustancialmente el sistema conservante, la concentración de activos, el envase u otra variable relevante después de las pruebas, pregunta qué informes anteriores siguen siendo aplicables y cuáles requieren revisión o repetición.
La decisión más amplia sobre qué pruebas necesita realmente un producto se explica en Guía de pruebas de productos para el cuidado de la piel: lo que necesitan las marcas.
5. Especificaciones del envase y registros de compatibilidad
La documentación del envase debe identificar el componente comercial con suficiente claridad para que un envase aprobado no pueda sustituirse por otro visualmente similar pero técnicamente diferente sin que se detecte.
Los registros útiles pueden incluir:
- código o especificación del componente;
- material del envase;
- capacidad y dimensiones clave;
- especificación del cierre, bomba, cuentagotas o sistema de dispensación;
- especificación de decoración o impresión;
- arte final o troquel aprobado;
- información del proveedor cuando sea contractualmente apropiado;
- resultados de pruebas de compatibilidad;
- muestra de referencia aprobada o estándar de apariencia.
Esta información adquiere especial importancia cuando la fórmula es sensible a la luz, el oxígeno, la evaporación, los materiales de los componentes o las condiciones de dispensación. El envase forma parte del sistema del producto, no es una decoración añadida después de aprobar la fórmula.
Para las decisiones de selección previas que dan lugar a estos documentos, consulta Guía de envases para productos de cuidado de la piel: cómo eligen las marcas sus envases.
6. Documentos de materias primas: ¿qué debe solicitar realmente una marca?
A veces las marcas solicitan el CoA, SDS, ficha técnica, declaración de origen, información sobre alérgenos y especificación de cada materia prima de la fórmula. Eso puede ser necesario en algunos proyectos, pero no debería convertirse en una recopilación automática de documentos.
El fabricante debe mantener registros técnicos y de cualificación de materias primas adecuados dentro de su sistema de calidad. La marca, Persona Responsable, evaluador de seguridad o consultor regulatorio debe recibir la información necesaria para realizar la tarea regulatoria o de seguridad para la que se requiere.
Según el ingrediente y la reivindicación, esto puede incluir:
- especificación de la materia prima;
- Certificado de Análisis;
- Ficha de Datos de Seguridad;
- Ficha Técnica;
- composición de mezclas propietarias cuando sea necesaria para la evaluación de seguridad;
- información sobre impurezas;
- especificaciones microbiológicas;
- información sobre alérgenos o fragancias;
- información sobre el país de origen o el origen del material;
- documentación sobre origen natural, ecológico, vegano, no OGM, RSPO u otra cuando el producto formule la reivindicación correspondiente.
Una SDS no sustituye una evaluación de seguridad cosmética, y una hoja comercial del proveedor no demuestra que el producto terminado ofrezca el mismo beneficio que la materia prima.
7. Documentos de respaldo de reivindicaciones
La evidencia de reivindicaciones debe tratarse como parte del expediente del producto, no separarse de la documentación de fabricación una vez que la marca empieza a formular reivindicaciones objetivas de rendimiento.
En la UE, las reivindicaciones sobre productos cosméticos deben estar respaldadas por evidencia adecuada y verificable, y la evidencia basada en un ingrediente no puede trasladarse simplemente al producto terminado sin un respaldo suficiente.[6]
Para reivindicaciones como:
- “hidratación durante 24 horas”;
- “reduce la apariencia de las líneas de expresión”;
- “el 90 % de los usuarios afirma que la piel se siente más suave”;
- “probado dermatológicamente”;
- “apto para piel sensible”;
- “clínicamente probado”;
solicita el informe que respalde la redacción exacta que pretendes publicar. El documento debe identificar el producto y la versión probados, la metodología, los participantes o el sistema de prueba, la duración, el criterio de valoración, los resultados y las limitaciones relevantes.
Reivindicaciones de productos para el cuidado de la piel: tipos, evidencia y cumplimiento explica cómo ajustar la solidez de la evidencia a la redacción de la reivindicación antes de finalizar el diseño.
8. Documentos necesarios para acceder al mercado de la UE
Una de las distinciones más importantes para las marcas es que el fabricante no sustituye automáticamente a la Persona Responsable de la UE. La Persona Responsable debe garantizar que se complete la evaluación de seguridad requerida y mantener el Expediente de Información sobre el Producto.[1]
El PIF de la UE incluye:
- una descripción que identifique el producto cosmético;
- el informe sobre la seguridad del producto cosmético (CPSR);
- una descripción del método de fabricación y una declaración de cumplimiento de GMP;
- prueba del efecto declarado cuando esté justificado por el producto o la reivindicación;
- información específica relacionada con ensayos en animales.[1]
El fabricante puede aportar gran parte de la información técnica subyacente necesaria para preparar estos documentos, pero la marca no debe asumir que recibir una carpeta llamada “PIF” transfiere o satisface automáticamente todas las obligaciones de la Persona Responsable.
Antes del lanzamiento, deja claramente establecido quién prepara el CPSR, quién mantiene el PIF, quién realiza la notificación, dónde se envían los datos confidenciales de la fórmula y quién actualiza el expediente si cambia la fórmula o el envase.
9. Documentos necesarios para apoyar el acceso al mercado de EE. UU.
Según MoCRA, las instalaciones cosméticas sujetas a requisitos de registro deben registrarse y renovar su registro cada dos años, mientras que la Persona Responsable debe listar los productos cosméticos comercializados y actualizar esos listados según corresponda.[3][4]
La Persona Responsable también debe garantizar que exista una fundamentación adecuada de la seguridad del producto cosmético y conservar los registros que la respalden. Las normas de EE. UU. no prescriben un único régimen universal de pruebas para todos los cosméticos, por lo que el paquete de evidencia debe ser apropiado para el producto específico y la información de seguridad disponible.[3][5]
Por tanto, para un producto fabricado por contrato, la marca puede necesitar que el fabricante respalde:
- la identificación de la instalación necesaria para las presentaciones correspondientes;
- información completa de ingredientes;
- datos de fórmula o concentración necesarios para fundamentar la seguridad;
- registros del producto y de pruebas que respalden la seguridad;
- información de etiquetado;
- registros necesarios para responder a cuestiones de calidad o seguridad del producto.
Ten cuidado con quien venda un “certificado de la FDA” como prueba de que una fábrica de cosméticos o un producto ha sido aprobado. La FDA indica expresamente que el registro de instalaciones cosméticas y el listado de productos no son programas de aprobación, y que no emite certificados para dichos registros o listados.[4]
10. Documentos sobre propiedad de la fórmula, confidencialidad y control de cambios
Los documentos técnicos no responden una de las preguntas comerciales más importantes: ¿quién es propietario de la fórmula?
El contrato de fabricación o un acuerdo separado de propiedad intelectual debe aclarar si la fórmula:
- es una fórmula estándar del fabricante;
- se concede bajo licencia a la marca;
- es exclusiva dentro de un mercado o categoría definidos;
- pertenece íntegramente a la marca;
- puede transferirse a otro fabricante;
- está sujeta a tarifas adicionales de compra o transferencia.
El acuerdo también debe establecer cómo puede compartirse la información confidencial de la fórmula con un evaluador de seguridad, Persona Responsable, laboratorio de pruebas, autoridad reguladora u otro tercero autorizado.
Igualmente importante es el control de cambios. El fabricante no debe sustituir sin notificación una materia prima, un proveedor, el sistema conservante, un componente del envase, una fragancia u otra variable relevante cuando el cambio pueda afectar la seguridad, las reivindicaciones, la estabilidad, el estado regulatorio o el rendimiento del producto.
Define qué cambios requieren notificación, cuáles requieren aprobación escrita de la marca y cuáles desencadenan nuevas pruebas o revisión regulatoria.
¿Qué documentos debes recibir con cada lote de producción?
La mayor parte del expediente de desarrollo no necesita volver a emitirse con cada envío. La documentación específica del lote tiene otra finalidad: la trazabilidad y liberación de los productos realmente suministrados.
Según tu acuerdo de calidad, el paquete del lote puede incluir:
- nombre y código del producto terminado;
- número de lote;
- fecha de fabricación o llenado cuando corresponda;
- cantidad fabricada o liberada;
- CoA del producto terminado o resumen de liberación;
- resultados de QC seleccionados frente a la especificación;
- información de liberación de envase o etiquetado cuando se haya acordado;
- documentos de envío o exportación cuando sean necesarios.
No necesitas necesariamente el registro interno completo de fabricación del lote con cada envío. Sí necesitas un sistema que permita rastrear un lote suministrado hasta los registros controlados de producción y calidad del fabricante cuando sea necesario realizar una investigación.
¿Qué documentos deben estar listos antes de pagar la producción en masa?
Antes de confirmar el pedido de producción, comprueba que el proyecto haya superado la aprobación informal de muestras.
- Identidad de la fórmula aprobada: el código de la fórmula y su revisión han quedado fijados.
- INCI final: la declaración de ingredientes refleja la fórmula comercial.
- Especificación del producto: los criterios de aceptación están acordados.
- Especificación del envase: está identificada la combinación final de fórmula y envase.
- Pruebas críticas: se han revisado los resultados requeridos antes de la producción, mientras continúan los estudios a más largo plazo cuando corresponde.
- Alcance de las reivindicaciones: las reivindicaciones previstas no superan la evidencia disponible o planificada.
- Responsabilidades regulatorias: las funciones de la marca, fabricante, Persona Responsable, importador y consultor están definidas para los mercados de destino.
- Términos de fórmula/propiedad intelectual: la propiedad y la confidencialidad están documentadas por escrito.
- Control de cambios: el fabricante sabe qué cambios futuros requieren aprobación.
- Paquete de liberación de lotes: ambas partes saben qué documentación acompañará o respaldará los lotes de producción.
Este punto de control es más útil que pedir un número arbitrario de certificados. Confirma que el producto que estás a punto de fabricar es técnicamente identificable, verificable, trazable y respaldable documentalmente en el mercado previsto.
Señales de alerta en la documentación del fabricante
- Se presenta una “fábrica aprobada por la FDA” o un certificado de registro de la FDA de pago como si fuera una aprobación del producto. El registro y listado de cosméticos no significan aprobación de la FDA.[4]
- Un “certificado ISO” no permite identificar el organismo de certificación externo, el alcance, el centro o la vigencia. ISO no certifica empresas.[8]
- Los informes de pruebas no identifican qué versión de la fórmula se probó.
- El INCI cambia entre el muestreo, las pruebas, el arte y la producción sin un control de revisión documentado.
- La fábrica se niega a proporcionar información regulatoria, incluso bajo un NDA, a un evaluador de seguridad autorizado.
- Las reivindicaciones solo se respaldan con folletos de proveedores de materias primas.
- Se propone un cambio de envase después de las pruebas de compatibilidad sin evaluar si la evidencia anterior sigue siendo aplicable.
- Se proporciona un CoA, pero su número de lote no puede vincularse con los productos recibidos.
- El fabricante no puede explicar quién es propietario de la fórmula.
- Pueden realizarse sustituciones importantes de ingredientes o proveedores sin notificar a la marca.
Conclusiones
El paquete documental adecuado de un fabricante no es la carpeta más gruesa. Es el conjunto de registros controlados que permite a una marca responder cinco preguntas: ¿Qué estamos vendiendo exactamente? ¿Se fabricó y liberó correctamente? ¿El producto cuenta con respaldo adecuado de seguridad y reivindicaciones? ¿Podemos cumplir las normas de nuestro mercado de destino? ¿Podemos rastrear y gestionar cambios futuros?
Una lista INCI final, una especificación, evidencia de GMP, informes de pruebas pertinentes, registros de envase, evidencia de reivindicaciones, información de soporte regulatorio, trazabilidad de lotes y términos claros sobre propiedad intelectual y control de cambios forman una base mucho más sólida que acumular certificados sin entender su finalidad.
Si tu marca está desarrollando un producto con ZICAIL, define desde el inicio del proyecto los mercados de destino, requisitos del producto, reivindicaciones, dirección del envase, paquete documental esperado, requisitos de propiedad de la fórmula y cualquier contacto externo de seguridad o regulación. Estos requisitos pueden incorporarse entonces a la formulación personalizada de productos para el cuidado de la piel, las pruebas, la preparación regulatoria y la entrega a producción, en lugar de reconstruirse una vez terminada la fabricación.
Preguntas frecuentes sobre documentos de fabricantes de productos para el cuidado de la piel
¿Debe un fabricante de productos para el cuidado de la piel entregarte la fórmula completa?
Depende del acuerdo comercial y de la función regulatoria. Si la marca es propietaria de la fórmula, la composición completa normalmente debe quedar contemplada en los términos de propiedad y entrega. Si el fabricante posee una fórmula propietaria, la información cuantitativa puede seguir siendo confidencial, pero debe existir información suficiente disponible para evaluadores de seguridad, Personas Responsables o autoridades autorizadas cuando sea necesaria para un acceso legal al mercado.
¿Debe un fabricante de productos para el cuidado de la piel proporcionar un Certificado de Análisis?
Un CoA del producto terminado o un documento equivalente de liberación de lote es útil en muchas relaciones de fabricación por contrato porque puede mostrar resultados seleccionados del lote frente a las especificaciones acordadas. Su contenido debe definirse en el acuerdo de calidad, en lugar de asumir que existe un formato universal de CoA para cosméticos.
¿Necesito una SDS para cada producto de cuidado de la piel?
No como sustituto universal de la documentación de seguridad cosmética. Las Fichas de Datos de Seguridad sirven para la comunicación de peligros químicos, mientras que la evaluación de seguridad cosmética y la documentación de mercado siguen requisitos diferentes. Los archivos SDS pueden seguir siendo relevantes para determinadas materias primas, productos a granel, situaciones de transporte u obligaciones laborales.
¿Un certificado ISO 22716 significa que ISO certificó la fábrica?
No. ISO desarrolla ISO 22716, pero no certifica organizaciones ni emite certificados. La certificación la realizan organismos externos, por lo que debes verificar el emisor, la instalación, el alcance, el número de certificado y la vigencia.[2][8]
¿Un certificado de registro de la FDA demuestra que un fabricante de cosméticos está aprobado?
No. La FDA afirma que el registro de instalaciones cosméticas y el listado de productos no son programas de aprobación y que no emite certificados para esos registros o listados.[4]
¿Quién debe conservar el Expediente de Información sobre el Producto de la UE?
La Persona Responsable de la UE debe mantener el Expediente de Información sobre el Producto y ponerlo a disposición de la autoridad competente según lo exigido. El fabricante puede aportar gran parte de la información técnica utilizada para elaborar el expediente, pero fabricante y Persona Responsable no son automáticamente la misma figura jurídica.[1]
Fuentes
[1] Unión Europea. Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre los productos cosméticos
[2] Organización Internacional de Normalización. ISO 22716:2007 — Cosméticos — Buenas prácticas de fabricación (GMP)
[3] Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. Ley de Modernización de la Regulación de Cosméticos de 2022 (MoCRA)
[4] Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. Registro y listado de instalaciones y productos cosméticos
[5] U.S. Food and Drug Administration. Cosméticos y legislación de EE. UU.
[6] Unión Europea. Reglamento (UE) n.º 655/2013 de la Comisión sobre criterios comunes para las reivindicaciones relativas a productos cosméticos
[7] Health Canada. Guía para la notificación de cosméticos
[8] Organización Internacional de Normalización. Certificación ISO
